DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015

Fecha: 16-Dic-2015

“y la presente Carta Orgánica”

También se declaró la incompatibilidad de la frase “y la presente Carta Orgánica” del art. 8.II del proyecto primigenio de la Carta Orgánica Municipal, en consideración a que  las formas de ejercicio de la democracia, están establecidas por la norma fundamental, y su desarrollo, está regulado por un ley del nivel central del Estado, conforme a la reserva legal que establece el mandato constitucional.

II.  Su intervención se canaliza por medio de los mecanismos de la democracia participativa, representativa y comunitaria establecidos en la Constitución Política del Estado Plurinacional y la presente Carta Orgánica; de manera directa o delegada a través de las organizaciones políticas que expresan el pluralismo ideológico concurriendo a la formación y manifestación de la voluntad popular”.