DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Control de previo de constitucionalidad

La DCP 0045/2015, declaró la incompatibilidad de las frases: “ordenanzas” del art. 40.III del proyecto primigenio de la Carta Orgánica Municipal, en conexitud a los arts. 25, 26.I inc. b) numeral 2), 35.I inc. b) del mismo proyecto, y la incompatibilidad de la frase: “todas las demás normas municipales entrarán en vigencia a partir de su notificación respectiva” del mismo artículo, en consideración a que la redacción de la disposición es imprecisa y generadora de inseguridad jurídica, toda vez que de manera genérica sin especificar si se tratan de la leyes municipales, decretos, o resoluciones municipales, se estableció que las normas municipales entraran en vigencia a partir de su notificación respectiva, sin tomar en cuenta que las leyes entran en vigencia a partir de su publicación y no así de su notificación.