DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Fragmento 129

La DCP 0045/2015, declaró la incompatibilidad de  la frase “compartida y” del numeral III del art. 167 del proyecto primigenio de la Carta Orgánica Municipal, en consideración a que conforme se tiene del art. 299.II.2 de la CPE, la gestión del sistema de salud y educación, constituye una competencia concurrente, en la que la legislación le corresponderá al nivel central del Estado y los otros niveles ejercen simultáneamente las facultades las facultades, reglamentarias y ejecutiva, por lo que las estrategias y acciones municipales mencionadas en el numeral III del art. 167 del proyecto de la Carta Orgánica Municipal, no pueden ser desarrolladas de manera compartida por el Gobierno Autónomo Municipal de Colcapirhua.