DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015

Fecha: 16-Dic-2015

declarar la incompatibilidad del parágrafo V del art. 38 del proyecto adecuado de la

En consecuencia, al haberse previsto la promulgación de la ley por el Presidente o Presidenta del Concejo Municipal para ambos casos, se contradice lo señalado por el art. 162 de la CPE, aplicado el mismo en el presente caso por abstracción, por lo que corresponde declarar la incompatibilidad del parágrafo V del art. 38 del proyecto adecuado de la Carta Orgánica Municipal.