DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015

Fecha: 16-Dic-2015

2.

2.    El informe de Comisión o de las Comisiones correspondientes, pasará a consideración del Pleno del Concejo Municipal, donde será aprobado en grande y en detalle.  Excepcionalmente, en caso de que el proyecto original haya sufrido modificaciones de fondo en la Comisión, el proyectista podrá participar en la sesión plenaria correspondiente para defender su proyecto.

2.    Forman parte del Órgano Ejecutivo además de la Alcaldesa o el Alcalde, las Sub Alcaldías, Secretarías, Direcciones, Jefaturas, Unidades de Administración y de gestión de carácter desconcentrado o descentralizado y Empresas Municipales establecidas en la Carta Orgánica Municipal o mediante norma expresa.

2.    En caso de que la Renuncia, Muerte, Inhabilidad Permanente o Revocatoria de Mandato de la Alcaldesa o Alcalde se diera después de haber cumplido la mitad del Periodo Constitucional, la sustituta o el sustituto será una Concejala o un Concejal elegido por mayoría absoluta del Concejo, quien ejercerá  la titularidad hasta culminar el periodo Constitucional.

2.        Regular, normar y fiscalizar la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado de conformidad al Plan de Desarrollo Municipal, o cuando no existan condiciones otorgar la administración, operación y mantenimiento para la prestación del mismo a Empresas Prestadoras de Servicio de Agua: Municipales, Cooperativas y Comités Vecinales de Aguas.

2. Desarrollar políticas, planes, programas, proyectos y estrategias de prevención y rehabilitación para niños, niñas y adolescentes en situación de alcoholismo, drogadicción y otros en riesgo; promoviendo el acceso a la educación pública inclusiva y alternativa para el ejercicio pleno de sus derechos y deberes, en coordinación con la sociedad civil organizada e instancias estatales.

2.    En caso de amenaza o situaciones de riesgo deberá declarar situación de  emergencia o de desastre en resguardo a la seguridad física de la población, los bienes públicos y privados, asegurando  los recursos económicos necesarios para afrontar la contingencia, en coordinación con otros niveles del Estado.

2. Equidad e Igualdad de Género y Generacional. El Gobierno Autónomo Municipal de la Santísima Trinidad garantiza la equidad e igualdad de género y generacional, facilitando el acceso equitativo de la sociedad civil organizada en la participación y control social, a través de los mecanismos y espacios establecidos.