DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015

Fecha: 16-Dic-2015

art. 139

El art. 139 del proyecto de la carta orgánica referido a restricciones administrativas indica: “Son las limitaciones que se imponen al derecho de uso y disfrute de los bienes inmuebles que no afectan a la disposición del mismo y que son impuestos por la autoridad municipal en atención a la planificación municipal y al interés público preferentemente. En consecuencia, no comprometen al Gobierno Municipal al pago de indemnización alguna”. Texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado, en su  frase: “En consecuencia, no comprometen al Gobierno Municipal al pago de indemnización alguna”, toda vez que, genera exoneración anticipada de resarcimiento de una indemnización que está establecida en el art. 113 de la CPE, que señala: