DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015

Fecha: 16-Dic-2015

art. 87.7

El art. 87.7 del proyecto de la carta orgánica, referido a adulto mayor indica: “Se prohíbe y sanciona toda forma de maltrato, abandono, violencia y discriminación a las personas adultas mayores”. Texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado, en su frase: “y sanciona”, toda vez que conforme al art. 298.I.21 de la CPE, que señala: “Codificación sustantiva y adjetiva en materia civil, familiar, penal, tributaria, laboral, comercial, minería y electoral”. Como competencia privativa; es el nivel central quien tiene la potestad de determinar que será objeto de sanción, en el entendido de que el poder punitivo es del nivel central del Estado y no así del nivel municipal, razón por la cual el gobierno autónomo municipal no puede sancionar.