DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015

Fecha: 16-Dic-2015

art. 111

El art. 111 del proyecto de la carta orgánica referido a la planificación participativa municipal indica: “El Gobierno Autónomo Municipal de la Santísima Trinidad, establece procesos de Planificación participativa Municipal, como el mecanismo que efectiviza la participación social en el desarrollo del municipio, mediante una planificación de “abajo hacia arriba” con equidad de género y generacional, que involucra a las organizaciones sociales desde sus comunidades, juntas vecinales y Distritos en el proceso de orientación y priorización del desarrollo, en la elaboración del Plan de Desarrollo Municipal, gestionando su incorporación en la Programación de Operaciones anual, y Presupuestos Sostenibles y controlando su cumplimiento de acuerdo a las normas legales vigentes”. Texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado, en su frase: “organizaciones sociales”, toda vez que conforme al art. 241 y 242 de la CPE, la planificación es con la sociedad civil organizada en su conjunto, es decir de manera irrestricta.