DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015

Fecha: 16-Dic-2015

art. 41.I.2

El art. 41.I.2 del proyecto de la carta orgánica, referido a los requisitos para ser candidata o candidato a alcaldesa o alcalde municipal indica: “Tener al momento de la elección, la edad mínima de 21 años cumplidos”. Texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado, en su integridad toda vez que conforme el art. 285.3 de la Norma Suprema, que señala: “En el caso de la elección de Prefecta o Prefecto y Gobernador o Gobernadora haber cumplido veinticinco años” (el resaltado es nuestro), razón por la cual el contenido analizado debe ser reformulado conforme la Ley Fundamental.