DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015

Fecha: 16-Dic-2015

art. 88.III

El art. 88.III del proyecto de la carta orgánica, al referirse a la seguridad ciudadana en el municipio indica: “El Consejo Municipal de Seguridad Ciudadana deberá presentar informes trimestrales orales y escritos al Pleno del Concejo Municipal sobre el avance de las acciones ejecutadas  en el Municipio”. Texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado, porque pretende regular y entablar una obligación, para un ente autónomo, como es el “Consejo Municipal de Seguridad Ciudadana” integrado por representantes de diferentes instituciones que tienen que ver con la temática, el cual responde a una forma propia de organización y estructuración, distinta a la del gobierno autónomo municipal.