DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015

Fecha: 16-Dic-2015

art. 31.I

El art. 31.I del proyecto de la carta orgánica, referido a las incompatibilidades y prohibiciones indica: “La función de Concejala y Concejal Titular, es incompatible con el ejercicio     de otra función pública, remunerada o no, a excepción de la docencia universitaria a tiempo horario”. Texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado, toda vez que el art. 236.I de la Norma Suprema, dice: “Desempeñar simultáneamente más de un cargo público remunerado a tiempo completo”; razón por la cual debe readecuarse el contenido analizado conforme esgrime la Ley Fundamental sobre el tema.