DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015

Fecha: 16-Dic-2015

7.

7.    En el plazo de diez días, la Alcaldesa o Alcalde Municipal promulgará la Ley  o en su defecto, podrá presentar al Concejo Municipal las observaciones que considere pertinente; en este caso, el Pleno determinará por voto de la mayoría absoluta del total de sus miembros si son atendibles o no las observaciones realizadas, en cuyo caso la Ley en cuestión será nuevamente tratada y sometida a votación.

7.    Considerar, aprobar o rechazar el Informe de Ejecución del Programa Operativo Anual y la Ejecución Presupuestaria que corresponde a cada gestión anual. Si transcurridos los quince días hábiles desde su presentación, no existe pronunciamiento expreso de aprobación  por parte del Concejo Municipal, estos instrumentos se los tendrán por aprobados.