DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015

Fecha: 16-Dic-2015

II.

II.   Toda persona habitante en el Municipio de la Santísima Trinidad, de acuerdo a norma, tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario.

II.      La Carta Orgánica Municipal, en concordancia con la Constitución Política del Estado y de acuerdo a la realidad y condiciones específicas del  Municipio, establece que no existirán representantes ante el Concejo Municipal de la Santísima Trinidad de forma directa mediante normas y procedimientos propios.

Tanto las facultades y atribuciones del Órgano Legislativo Municipal como del Órgano Ejecutivo Municipal, se han de ejercer dentro del marco de sus competencias señaladas en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, la presente Carta Orgánica Municipal, y Leyes Municipales que sobre dicho marco se sancionen.

II.      Las Concejalas o Concejales, sean titulares o suplentes, no podrán anteponer sus intereses privados a los intereses públicos del Municipio o del Gobierno Autónomo Municipal de la Santísima Trinidad, ni intervenir en asuntos en los que tengan intereses propios o el de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

II.      Como instancia de coordinación, le corresponde la ejecución de las políticas y proyectos municipales en el área territorial de su Distrito Municipal, así como la elaboración de su Programa Operativo Anual, Planes y Proyectos de Desarrollo Distrital, para su consideración e inserción en el Plan Operativo Anual y Plan de Desarrollo Municipal.

   II.       Formula políticas para la inspección, preservación, conservación y control del medio ambiente sobre los recursos naturales del Municipio, planificando y fijando objetivos, alcances y estrategias para su respectiva incorporación e implementación en los instrumentos de organización y planificación ambiental municipal, departamental y nacional. Acciones que deberán estar en concordancia con la política y estrategias Departamentales y  Nacionales.

   II.       Fomentar la investigación científica y tecnológica para el estudio de la biodiversidad de las especies de flora con usos medicinales, banco de germoplasma, mejoramiento filogenético y zoo genético para su aprovechamiento sustentable en coordinación con las Instituciones existentes en el Municipio en beneficio de sus habitantes.

   II.       En el marco de la normativa internacional, nacional y municipal, define políticas de conservación y restauración de los sitios, conjuntos, muebles, inmuebles o elementos patrimoniales, de valor Histórico Cultural, así como de consolidación, preservación y mantenimiento de áreas de interés natural, cuerpos naturales de agua, áreas protegidas, paisajísticos, especies nativas y otros.

II.   Garantizar recursos económicos para el fortalecimiento, mantenimiento, conservación y promoción del Patrimonio Cultural, Histórico, Artístico y Turístico en infraestructura comunitaria, con la finalidad de convertirlo en patrimonio cultural de Bolivia a todos los actos que sean transcendentales y de identificación para nuestra tierra.

II. El Consejo Municipal de Seguridad Ciudadana, en el marco de la Legislación Nacional, es la instancia máxima del Sistema de Seguridad Ciudadana en el Municipio de la Santísima Trinidad,  encargado de aprobar,  monitorear y evaluar el Plan Municipal de Seguridad Ciudadana, concordante con los planes nacionales y departamentales, dentro del Plan de Desarrollo Municipal, debiendo elaborar y aprobar su Reglamento de Funcionamiento.

II.   La Carta Orgánica Municipal, en concordancia con la Constitución Política del Estado y de acuerdo a la realidad y condiciones específicas del Municipio, establece que no existirán representantes ante el Concejo Municipal de la Santísima Trinidad de forma directa mediante normas y procedimientos propios.

II.      Como instancia de coordinación, le corresponde la ejecución de las políticas y proyectos municipales en el área territorial de su Distrito Municipal, así como la elaboración de su Programa Operativo Anual, Planes y Proyectos de Desarrollo Distrital, para su consideración e inserción en el Plan Operativo Anual y Plan de Desarrollo Municipal.