DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015

Fecha: 16-Dic-2015

Artículo 137. Expropiación.

En la Ley de declaratoria de necesidad y utilidad pública deberá especificarse con precisión el fin o uso que se dará al bien expropiado  de acuerdo a los planes y Plan Operativo Anual Municipal. Concluido el trámite de expropiación el Alcalde Municipal deberá informar al Concejo Municipal lo ejecutado.