DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0228/2015

Fecha: 16-Dic-2015

art. 75.II

El art. 75.II del proyecto de la carta orgánica, referido a recursos hídricos, señala: “Implementar planes de uso, conservación, manejo y aprovechamiento sustentable e integrado de cuencas hídricas”. Texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado, en su en su integridad, toda vez que conforme al art. 271 de la CPE, que nos remite al art. 87.IV.2 inc. a) y b) de la LMAD, que señala a los gobiernos municipales con: “Ejecutar la política general de conservación de suelos, recursos forestales y bosques en coordinación con el gobierno departamental autónomo; y,         b) “Implementar las acciones y mecanismos necesarios para la ejecución de la política general de suelos”, razón por la cual no tener competencia sobre cuencas el contenido debe ser readecuado.