DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0042/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0042/2015

Fecha: 25-Feb-2015

“… de la entidad autónoma”

Efectuado el test de constitucionalidad de la disposición señalada, se estableció que si bien el contenido del mismo no contradice la Constitución Política del Estado; sin embargo, se constató que la frase “… de la entidad autónoma”, inmersa en el nomem iuris del art. 4, es incongruente con su propio contenido, ya que el título se refiere a una entidad autónoma, mientras que los tres parágrafos que integran el art. 4 se refieren al municipio de Reyes,  por lo que tales contradicciones generan inseguridad jurídica, contraviniendo lo establecido por el art. 9.2 de la CPE.

Además es menester diferenciar lo que es una unidad territorial de una entidad territorial; al respecto, en desarrollo de tal distinción, el art. 6.I.1 de la LMAD, señala que: “Unidad Territorial es un espacio geográfico delimitado para la organización del territorio del Estado, pudiendo ser departamento, provincia, municipio o territorio indígena originario campesino…”, y en el art. 6.II.1 de la misma norma se establece que: “Entidad Territorial: Es la institucionalidad que administra y gobierno en la jurisdicción de una unidad territorial, de acuerdo a las facultades y competencias que le confieren la Constitución Política del Estado y la ley”.