DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0042/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0042/2015

Fecha: 25-Feb-2015

El indicado parágrafo I

El indicado parágrafo I, establece que: “…El periodo de mandato del Alcalde o Alcaldesa y subalcaldes, al igual que los Concejales (as) es de cinco años…”; de donde se concluye que la frase “y subalcaldes” es incompatible por cuanto contradice el art. 234 de la CPE, ya que el subalcalde no es una autoridad electa y no se le puede exigir más requisito para acceder al cargo que lo establecido en el citado artículo constitucional, y por cuanto, además su remoción o permanencia depende del Alcalde o Alcaldesa Municipal; razón por la cual, dicha frase deviene en incompatible con el texto constitucional.