DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0042/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0042/2015

Fecha: 25-Feb-2015

al parágrafo II del art. 44

Respecto al parágrafo II del art. 44, en el mismo sentido deviene en incompatible por cuanto vulnera el art. 297.I.3, que establece que: “Las competencias definidas en esta Constitución. Concurrentes, aquellas en la que la legislación corresponde al nivel central del Estado y los otros niveles ejercen simultáneamente las facultades reglamentaria y ejecutiva”.