DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0042/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0042/2015

Fecha: 25-Feb-2015

El numeral 20 del art. 21

El numeral 20 del art. 21, refiere como atribución del Concejo Municipal: “Registrar la personalidad jurídica de las Organizaciones Territoriales y/o funcionales del municipio que lo soliciten siempre y cuando cumplan con los requisitos al efecto”; efectuado el respectivo test de constitucionalidad, se concluye que el precepto analizado atribuye una competencia no asignada constitucionalmente; en cuyo caso debe operar la cláusula residual, dispuesto en el art. 297.II de la CPE; aspecto por el cual, corresponde declarar la incompatibilidad del numeral 20 con la CPE.