DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0042/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0042/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Artículo 21º

5.  Aprobar el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial, máximo a los 60 días calendario de su presentación por el Alcalde o Alcaldesa Municipal, incorporando la delimitación del radio urbano y rural de su jurisdicción. En caso de que el Concejo Municipal no se pronunciara en el plazo señalado, dichos planes y programas se darán por aprobados;

6.  Aprobar los planos de zonificación y evaluación zonal o distrital, tablas de valores según calidad de vía del suelo, calidad y tipo de construcción, servicios y calzadas, así como la delimitación literal de cada una de las zonas urbanas y zonas rurales detectadas en el proceso de zonificación, conforme a normas nacionales vigentes a propuesta del Alcalde o Alcaldesa Municipal;

9.  Realizar la aprobación, dentro de los primeros quince (15) días de su presentación, del Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal, presentados por el Alcalde o Alcaldesa Municipal en base al Plan de Desarrollo Municipal, utilizando la Planificación Participativa Municipal. Cuando el Concejo Municipal no se pronunciara en el plazo señalado, el Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal presentados se darán por aprobados;

22. Aprobar el presupuesto del Concejo, la planilla presupuestaria para la remuneración de Alcaldes o Alcaldesas, Concejales y Concejalas y Administración Municipal, de acuerdo con el grado de responsabilidad y la naturaleza del cargo; así como la escala de viáticos del Presidente (a) del Concejo y del Alcalde o Alcaldesa Municipal, considerando lo establecido en la presente Carta Orgánica y la capacidad económica del Municipio, para su consolidación en el presupuesto municipal;