DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0042/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0042/2015

Fecha: 25-Feb-2015

art. 19, en su parágrafo I

Sobre el primer enunciado del art. 19, en su parágrafo I corresponde declarar la incompatibilidad de la frase “…y su suplente joven, de entre 18 y 25 años de edad”, por resultar discriminatorio, ya que resulta contrario a la previsión del artículo 14 de la CPE, que los partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas originarios campesinos que participen en una contienda electoral municipal, deberán incorporar un candidato titular y su suplente joven de entre 18 y 25 años de edad, por cuanto el estatuyente no puede mencionar el número de representantes que podrían tener las NPIOC; aspecto por el cual, dicha frase vulnera el art. 14; 26.I y 209 de la CPE.