DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Artículo 35. ELECCIÓN O POSESIÓN DE LOS SUB-ALCALDES O SUB ALCALDESAS.

Los sub alcaldes o sub alcaldesa serán electos o electas por voto popular democrático en urnas, conforme a la Ley del Régimen Electoral Municipal la misma que será socializada previamente a la población de su jurisdicción: y serán posesionados para el desempeño de sus funciones por el Alcalde o Alcaldesa.