DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Por lo expuesto, corresponde declarar la incompatibilidad de la frase “…y rural..” del art. 61.II.III y V del proyecto de la Carta Orgánica de Vallegrande.

El art. 61.II.III y V del proyecto de la norma básica institucional, en su redacción incorporan la frase “…y rural…”, para establecer los alcances de su competencia tanto en la administración del catastro, desarrollo y políticas de asentamientos humanos; los mismos merecerán un tratamiento en conjunto, debido a que las competencias Municipales en los temas señalados, no alcanzan al área o ámbito rural del Municipio; así por ejemplo el régimen de catastro rural y asentamientos rurales, por mandato de los arts. 298.II.22 y 29 de la CPE, respectivamente son competencias exclusivas del Nivel Central del Estado; en consecuencia las ETA  no pueden atribuirse dicha competencia sin incurrir en invasión competencial. Por lo expuesto, corresponde declarar la incompatibilidad de la frase “…y rural..” del art. 61.II.III y V del proyecto de la Carta Orgánica de Vallegrande.