DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Bajo los argumentos expuestos, cabe declarar la incompatibilidad de la frase: “Transcurridos cinco años desde la sesión reservada o por decisión de dos tercios de sus miembros presentes, las actas adquirirán carácter público”, del art. 26.II, por ser contraria al precepto constitucional establecido en el art. 22 de la CPE.

Bajo los argumentos expuestos, cabe declarar la incompatibilidad de la frase: “Transcurridos cinco años desde la sesión reservada o por decisión de dos tercios de sus miembros presentes, las actas adquirirán carácter público”, del art. 26.II, por ser contraria al precepto constitucional establecido en el art. 22 de la CPE.