DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Los demás gobiernos autónomos deben utilizar los idiomas propios de su territorio, y uno de ellos debe ser el castellano”

La Carta Orgánica Municipal, pretende declarar la oficialidad, respecto del idioma castellano, contraviniendo la disposición del art. 5.I de la CPE, que establece los idiomas oficiales del Estado. Por otro lado, se debe tomar en cuenta, el art. 5.II de la CPE, que señala: “El Gobierno Plurinacional y los gobiernos departamentales deben utilizar al menos dos idiomas oficiales. Uno de ellos debe ser el castellano, y el otro se decidirá tomando en cuenta el uso, la conveniencia, las circunstancias, las necesidades y preferencias de la población en su totalidad o del territorio en cuestión. Los demás gobiernos autónomos deben utilizar los idiomas propios de su territorio, y uno de ellos debe ser el castellano”.

De lo señalado se infiere, que la propia Constitución establece los parámetros para definir el uso oficial de al menos dos idiomas por parte de las entidades territoriales autónomas; estableciendo, para el caso de los gobiernos autónomos municipales, la obligación en el uso del castellano además de los otros idiomas propios de su jurisdicción.