DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Artículo 54. RÉGIMEN DE EDUCACIÓN.

I.   Garantizar y priorizar las condiciones de acceso y permanencia para el ejercicio del derecho a la educación, con calidad, en todos los niveles, de los habitantes en el municipio, promoviendo el acceso y atención universal, integral, inclusiva, intercultural, intracultural, plurilingüe, sustentable, con participación ciudadana y control social a la educación pública en su jurisdicción.

II.  Deberá ser responsable de la gestión material del sistema educativo, conformada por los establecimientos educativos públicos y de convenios de los distritos urbano y rural del municipio en educación regular, alternativa, especial y permanente, así como la gestión y administración de la infraestructura, mantenimiento, equipamiento, condiciones pedagógicas adecuadas y programas de alimentación suplementarias velando por la calidad y pertinencia del servicio a través de la participación ciudadana y control social.  

8. Crear y fortalecer la instancia máxima de gestión, fiscalización y/o coordinación local en educación, incluyendo a las autoridades municipales, representantes del sector educación, consejos de padres de familia, representantes de los estudiantes y organizaciones sociales para garantizar el cumplimiento de la normativa educativa.