DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2015

Fecha: 26-Feb-2015

consiguientemente y por lo descrito este Tribunal declara la incompatibilidad de la frase “…y defender…” del numeral 8 del artículo 12, debiendo ser suprimido dicha frase del Proyecto de Carta Orgánica.

El artículo 108.13 de la Constitución Política del Estado señala: “Son deberes de las bolivianas y los bolivianos Defender la unidad, la soberanía y la integridad territorial de Bolivia, y respetar sus símbolos y valores”, de donde se colige que las bolivianas y bolivianas tienen el deber de respetar los símbolos y valores, aspecto muy  diferente a lo establecido por el estatuyente toda vez que se incluye como deber el honrar y defender los símbolos nacionales, departamentales, provinciales, regionales y municipales, elementos que merecen un análisis para establecer una concordancia con la CPE, ya que por un lado el defender conlleva a una idea de confrontación que contraviene al artículo 10 de nuestro Texto Constitucional puesto que Bolivia es un Estado pacifista, que promueve la cultura de la paz y el derecho a la paz, consecuentemente el termino defender vulnera la Constitución Política del Estado,  y con respecto a la frase honrar el Tribunal Constitucional ha emitido jurisprudencia en la DCP 0042/2015 en la cual se declara la compatibilidad del mismo con entendimiento, y para el caso presente se entenderá la compatibilidad de dicha frase (honrar) siempre que se aplique el entendimiento de la jurisprudencia señalada, consiguientemente y por lo descrito este Tribunal declara la incompatibilidad de la frase “…y defender…” del numeral 8 del artículo 12, debiendo ser suprimido dicha frase del Proyecto de Carta Orgánica.