DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2015

Fecha: 26-Feb-2015

Artículo 68. DISTRITOS MUNICIPALES

I.       -Los Distritos Municipales, en función a dimensiones poblacionales y territoriales, podrán ser espacios descentralizados de administración de gestión, planificación, participación ciudadana y descentralización de servicios. En los espacios descentralizados se podrán elaborar planes de desarrollo integral distrital y ejercer la administración descentralizada a través del Sub alcalde o sub alcaldesa.