DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 00118/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 00118/2015

Fecha: 22-May-2015

art. 21,

El art. 21, regulaba sobre la organización territorial del Municipio, resultando la disposición citada, además de imprecisa, contraria al art. 269.II de la CPE, que dispone como competencia del nivel central: "La creación, modificación y delimitación de las unidades territoriales se hará por voluntad democrática de sus habitantes, de acuerdo a las condiciones establecidas en la Constitución y la ley", en consecuencia, se observó la parte in fine del articulado en análisis que determinaba que una ley municipal, "…establecerá la descripción de cada una de estas unidades territoriales, los requisitos y procedimiento para su creación(…)", competencia reservada para el nivel central.