DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 00118/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 00118/2015

Fecha: 22-May-2015

incompatibles

Este entendido, es contrario a lo señalado en el art. 410.II.3 de la CPE, que establece igual jerarquía entre las leyes nacionales, los estatutos autonómicos, las cartas orgánicas y el resto de la legislación departamental, municipal e indígena originario campesinos (IOC), sin expresar supremacía o sujeción de ninguna de ellas hacia la otra. Las leyes se aplicarán preferentemente a la carta orgánica, simplemente por la materia o por la competencia que regulan, no por supremacía. La única sujeción es a la Norma Suprema. En consecuencia, se declaró incompatibles los incs.3) y 4).