DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 00118/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 00118/2015

Fecha: 22-May-2015

"(ORDENAMIENTO NORMATIVO)

1. Carta  Orgánica.- Es la  máxima  norma  institucional  básica  del municipio que fue elaborado mediante  un proceso  participativo bajo la responsabilidad del Concejo Municipal y aprobado por votación vinculante dela ciudadanía o comunidad del municipio. Establece los lineamientos básicos para la definición del modelo propio de gobierno, de gestión y del desarrollo integral del municipio.

2. Ley Municipal.- Es la norma legal del municipio después de la presente Carta Orgánica, emanada del Concejo Municipal, ante la aprobación de al menos la  mayoría  absoluta  de  votos  de  sus miembros. Establece los  lineamientos generales de una determinada temática de gestión  y desarrollo municipal, en el marco de las competencias exclusivas del Gobierno Autónomo Municipal y en el marco de las competencias compartidas  ante la existencia de una Ley Básica emanada del Gobierno Central, en la correspondiente  temática. Norma  los aspectos de comportamiento colectivo de las y los ciudadanos o comunarios y comunarias  de  la  jurisdicción del  municipio  y  los  aspectos  estructurales  y estratégicos de Gobierno  y Gestión Municipal.

3. Decreto Municipal.- Es la máxima disposición emanada del Órgano  Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal. Norma los aspectos externos en cuanto al comportamiento de la ciudadanía, el desarrollo público  integral y los aspectos estratégicos de gestión  y de gobierno, en el marco de la facultad ejecutiva y las atribuciones asignadas a la Alcaldía. Es aprobada por la Alcaldesa o Alcalde y su Gabinete  Municipal de máximas autoridades ejecutivas, además de la administrativa y jurídica.

5.  Resoluciones Administrativas.-  Es  la  norma   interna  para   las  disposiciones administrativas en cada uno de los órganos de gobierno, como la designación de autoridades, declaraciones en comisión por  más  de tres  días para  servidores públicos que correspondan según  su normativa interna, adjudicaciones, entre otros. Es aprobada por las instancias definidas en la ley Municipal. En el caso de Concejo Municipal es aprobada por  la Directiva y sus máximos responsables del asesoramiento jurídico y del manejo administrativo, salvo que no existan o se trate de designación a éste último.

6. Resolución Técnica.- Es la norma  técnica del Gobierno Autónomo Municipal que se aplica para emanar disposiciones en los procesos de servicios municipales. Es aprobado por  las instancias determinadas por  la norma legal del Órgano Ejecutivo o legislativo, según corresponda, en función a las atribuciones.".