DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2016

Fecha: 27-Oct-2016

4.

4.   Cuando el Proyecto de Ley Municipal cuente con informe de la Comisión o Comisiones correspondientes, pasará a consideración del Pleno del Concejo Municipal, donde será tratado en su estación en grande y en detalle, y modificado, rechazado o aprobado. Cada aprobación requerirá de la mayoría absoluta del total de los miembros del Concejo Municipal, excepto los casos previstos en la presente Ley y el Reglamento General del Concejo Municipal.

4.   Disponer que el Órgano Deliberante del Gobierno Autónomo Municipal de San Antonio de Esmoruco, adecúe las disposiciones declaradas incompatibles del proyecto de la Carta Orgánica Municipal, a las consideraciones establecidas en ésta Declaración Constitucional Plurinacional, sin modificar el proyecto declarado compatible pura simple y otras sujeta a entendimiento.