DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACION CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2016

Fecha: 27-Oct-2016

III.2.  Sobre la descolonización, interculturalidad e intraculturalidad y las limitaciones de gestión en la Constitución Política del Estado

           La fuerza descolonizadora de los pueblos indígenas en la Asamblea Constituyente, fue determinante en el diseño constitucional; el nuevo constitucionalismo plurinacional y descolonizador emergió desde abajo, desde las luchas de los pueblos indígena originario campesinos, que expresando sus raíces milenarias  que fueron ignoradas en la primera fundación de la República, como sujetos políticos y colectivos que definen su destino, se plantean el reto histórico de dar fin al colonialismo, configurando, así un Estado Plurinacional Comunitario, resultado de un pacto de pueblos, no así un Estado ajeno que “reconoce derechos” a los indígenas. La Constitución boliviana se extiende por el sendero del proyecto descolonizador, afirmando la plurinacionalidad, el pluralismo jurídico, la igual dignidad de pueblos y culturas, la interculturalidad, en el marco de un nuevo paradigma de sociedad, alternativo al desarrollismo: el vivir bien. El nuevo constitucionalismo emancipatorio tiene una inspiración anticolonialista que rompe con la herencia del constitucionalismo monocultural, cuyos intérpretes deben ser fieles a sus fundamentos, a los principios y valores que consagra, con la finalidad de materializar y dar vida a las normas constitucionales, cuyas características más importantes son la plurinacionalidad, la descolonización, el pluralismo jurídico igualitario, la interculturalidad y el vivir bien.