DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2016

Fecha: 15-Nov-2016

ARTÍCULO 101.- TRANSFERENCIA Y RECEPCIÓN DE RECURSOS POR AJUSTE COMPETENCIAL

I. De acuerdo a la Ley Marco de Autonomías y Descentralización artículo 101 régimen económico financiero, regula la asignación de recursos a las entidades territoriales autónomas y las facultades para su administración, para el ejercicio y cumplimiento de sus competencias en el marco de la Constitución Política del Estado, su artículo 340 y disposiciones legales vigentes.

II. El Gobierno Autónomo Municipal, garantizará los recursos de ingresos propios, tributarios, no tributarios, transferencias, fondos etc. Lo que financiara el ejercicio de sus competencias con los recursos consignados en su presupuesto institucional municipal, conforme a disposiciones legales vigentes.