DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2016

Fecha: 15-Nov-2016

ARTÍCULO 18.- FACULTADES Y ATRIBUCIONES EJECUTIVAS, LEGISLATIVAS Y DELIBERATIVAS

Los órganos del Gobierno Autónomo Municipal de Esmeralda, adoptan un nuevo mandato fundamental en la implementación del régimen autonómico municipal, ejercen un nuevo esquema de administración pública, en balance con el nuevo contexto legal nacional, sub-nacional y jurisdiccionalmente con suficiente garantía de equilibrio de poderes.

1. En cumplimiento de las nuevas competencias establecidas en la Constitución Política del Estado, administran la entidad autónoma a nivel del Consejo Municipal con roles y facultades diferenciadas, en materia de deliberación, legislación, fiscalización, y representación, así como el Alcalde municipal en sus atribuciones reglamentarias, administrativas y ejecutivas.

Los órganos del Gobierno Autónomo Municipal de Esmeralda, adoptan un nuevo mandato fundamental en la implementación del régimen autonómico municipal, ejercen un nuevo esquema de administración pública, en balance con el nuevo contexto legal nacional, sub-nacional y jurisdiccionalmente con suficiente garantía de equilibrio de poderes.