DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2016

Fecha: 15-Nov-2016

ARTÍCULO 66.- DESARROLLO RURAL INTEGRAL

En materia de desarrollo rural integral, el gobierno municipal debe ejecutar políticas generales sobre agricultura, ganadería, caza y pesca y promover en concordancia con el Plan General del Desarrollo Rural Integral, en coordinación con los planes y políticas departamentales, nacionales. Asimismo, promover el desarrollo rural integral de acuerdo a sus competencias y en el marco de la política general y fomentar la transformación e incorporación del valor agregado a la producción agrícola y ganadera.