DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2016

Fecha: 14-Dic-2016

16.

16. Controlar que el Gobierno Autónomo Municipal elabore las políticas públicas municipales de manera participativa y administre los recursos económicos y humanos en base a lo establecido en el Programa Operativo Anual y conforme al Plan de Desarrollo Municipal o Plan de Desarrollo Territorial Autonómico Municipal”.

La disposición señalada, establece como una atribución de la Alcaldesa o Alcalde, la elaboración y aprobación de los manuales organizacionales de toda la entidad –gobierno municipal–. En una disposición de contenido similar en el proyecto de Carta Orgánica de Corocoro,[16] la DCP 0181/2015 de 22 de septiembre, declaró la incompatibilidad constitucional de la frase: “de la entidad”, bajo el siguiente argumento: “Al respecto, el art. 12.I de la CPE, establece que el: ‘Estado se organiza y estructura su poder público a través de los órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral. La organización del Estado está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos’.