DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2016

Fecha: 14-Dic-2016

debe declararse la incompatibilidad constitucional de los numerales 1, 2 y 3 del art. 131 del proyecto

Los numerales 1, 2 y 3 del art. 131 de la Carta Orgánica, establecen regulación relacionada a la delegación de competencias; sin embargo, dichas previsiones ya se encuentran reguladas en los parágrafos I, III y IV del art. 129 del mismo proyecto; consiguientemente, existe una duplicidad normativa, que afecta el principio de seguridad jurídica, conforme se señaló en el cargo de incompatibilidad constitucional del art. 31.5 del proyecto, por lo que bajo esos mismos fundamentos, debe declararse la incompatibilidad constitucional de los numerales 1, 2 y 3 del art. 131 del proyecto en análisis.