DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0163/2016

Fecha: 14-Dic-2016

Cargo de incompatibilidad constitucional del parágrafo I del art. 60 del proyecto

La disposición señalada, establece que las minorías poblacionales, podrán constituir distritos indígena originario campesinos, extremo que afecta las formas de organización territorial administrativa de los municipios; en el análisis de los arts. 43 y 44 del proyecto, se distinguió claramente que conforme a los arts. 27 y 28 de la LMAD, los municipios pueden conformar Distritos municipales propiamente dichos y Distritos municipales indígena originario campesinos, éstos últimos, sobre la base de las NPIOC o de Comunidades Indígena Originaria Campesinas (CIOC) que sean minorías poblacional en el Municipio, como se advierte, la creación de distritos IOC está reservada únicamente para las NPIOC y no para cualquier otro grupo social minoritario, conforme al art. 60.II del mismo proyecto.