DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016

Fecha: 29-Mar-2016

Artículo 28º (De las elecciones).

Artículo 28º (De las elecciones). Tanto las elecciones de las Concejalas y Concejales electos por sufragio universal, directo y secreto  como la elección por usos y costumbres de las y los representantes ante el Concejo Municipal se deberán realizar con la mayor transparencia posible respetando para ello las normas vigentes, quedando encargado para dicho cumplimiento el Tribunal Departamental Electoral del Beni” (las negrillas son ilustrativas).