DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016

Fecha: 29-Mar-2016

Provinciales, Departamentales y/o nacionales

11. Las Concejalas y los Concejales, elegidos en proceso electoral universal, no son funcionarios administrativos sino servidoras y servidores públicos elegidas y elegidos por sufragio universal, en el caso de las concejalas y los concejales representantes de los pueblos indígenas originarios campesinos ante el concejo municipal son servidoras y servidores públicos elegidas y elegidos por sus usos y costumbres, en todos los actos oficiales organizados por el Gobierno Nacional, Departamental, Municipal o de Pueblos Indígenas Originarios Campesinos, así como por instituciones públicas y privadas del Municipio y del Departamento deberán recibir el trato que corresponde a su investidura y la ubicación en la testera o palco oficial en los actos conmemorativos a efemérides Municipales, Provinciales, Departamentales y/o nacionales. Recibirán la denominación de Honorables Concejalas y Concejales Municipales.