DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016

Fecha: 29-Mar-2016

Sobre los numerales 4, 13 y 20 del parágrafo I, y 13 del parágrafo II del art. 13 del proyecto original

En la DCP 0074/2014, se declaró la incompatibilidad de los numerales 4, 13 y 20 del parágrafo I, y 13 de parágrafo II del art. 13 del proyecto original; ahora bien, de la revisión del contenido normativo del proyecto de Carta Orgánica con adecuaciones, se tiene que los citados numerales fueron suprimidos; en ese antecedente y en atención a lo establecido en el art. 116 del CPCo, el objeto del control de constitucionalidad de los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado, y garantizar la supremacía constitucional; al haberse eliminado los numerales antes citados, no existe contenido dispositivo que confrontar; por lo que, no se realiza el control previo de constitucionalidad.