DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016

Fecha: 29-Mar-2016

Sobre el punto 4 del numeral 31

En la DCP 0074/2014, se declaró la incompatibilidad del punto 4 del numeral 31 del art. 162 del proyecto original de Carta Orgánica; de la revisión del contenido normativo del proyecto con adecuaciones, se tiene que el citado punto fue suprimido; en ese antecedente y en atención a lo establecido en el art. 116 del CPCo, el objeto del control de constitucionalidad de los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional; al haberse eliminado la mencionada disposición, no existe contenido dispositivo que confrontar; por lo que, no se realiza el control previo de constitucionalidad.