DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016

Fecha: 29-Mar-2016

Artículo 79º (De la Sub-Alcaldesa o del Sub-Alcalde).

Artículo 79º (De la Sub-Alcaldesa o del Sub-Alcalde). I. Las Sub-Alcaldesas o los Sub-Alcaldes elegidas o elegidos por sufragio universal, directo y secreto serán elegidas o elegidos por mayoría simple de votos, estas autoridades tanto las electas por sufragio universal y las electas por usos y costumbres son responsables administrativos de sus Distritos Municipales y deben tener domicilio permanente en el mismo Distrito por lo menos dos (2) años con anterioridad a la fecha de la elección.