DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016

Fecha: 29-Mar-2016

Sobre el numeral 21 de proyecto original

En la DCP 0074/2014, se declaró la incompatibilidad del numeral 21 del    art. 31 del proyecto original de Carta Orgánica; de la revisión del contenido normativo del proyecto con adecuaciones, se tiene que el citado numeral fue suprimido; en ese antecedente y en atención a lo establecido en el     art. 116 del CPCo, el objeto del control de constitucionalidad de los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional; al haberse eliminado el numeral 21, no existe contenido dispositivo que confrontar; por lo que, no se realiza el control previo de constitucionalidad.