DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016

Fecha: 29-Mar-2016

Artículo 3º

Artículo 3º (De la Obligatoriedad). La presente Carta Orgánica es de aplicación obligatoria en todo el territorio del Municipio de RURRENABAQUE, con los límites correspondientes, donde el Municipio ejerce las funciones, atribuciones y finalidades inherentes a sus competencias. La Carta Orgánica Municipal de RURRENABAQUE es la norma institucional fundamental en el Municipio de RURRENABAQUE, que expresa las características particulares del mismo, entre otras, declara y consagra los derechos de los habitantes del Municipio, define la estructura y el funcionamiento del Gobierno Autónomo Municipal de RURRENABAQUE, y establece la manera de reformar las normas institucionales del Municipio” (la negrilla es nuestra).

Artículo 3º (De la Obligatoriedad). La presente Carta Orgánica es de aplicación obligatoria en todo el territorio del Municipio de RURRENABAQUE, con los límites correspondientes, donde el Municipio ejerce las funciones, atribuciones y finalidades inherentes a sus competencias. La Carta Orgánica Municipal de RURRENABAQUE es la norma institucional en el Municipio de RURRENABAQUE, que expresa las características particulares del mismo, entre otras, declara y consagra los derechos de los habitantes del Municipio, define la estructura y el funcionamiento del Gobierno Autónomo Municipal de RURRENABAQUE, y establece la manera de reformar las normas institucionales del Municipio”.