DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2016

Fecha: 29-Mar-2016

Sobre el numeral 10 (antes 11)

En la DCP 0074/2014, se declaró la incompatibilidad de la frase “a través de” del numeral 11 del art. 31 del proyecto original de Carta Orgánica, considerando que la misma puede dar a entender que la facultad de fiscalización del Concejo Municipal, únicamente puede ejercerse por conducto del Alcalde, cuestión que no responde a los preceptos constitucionales de los arts. 12, 272 y 283 de la CPE.

El deliberante municipal de Rurrenabaque, en observancia a los fundamentos antes expuestos, optó por suprimir la frase declarada incompatible, adecuando de esta manera el contenido dispositivo del numeral 10 del art. 27 del proyecto con adecuaciones, norma en la que se regula la facultad del concejo municipal a los Oficiales Mayores, Asesores, Directores y personal de la administración municipal.