Auto Supremo AS/0372/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0372/2019-RA

Fecha: 22-May-2019

Bajo esos antecedentes señala que su crítica impugnatoria no la resuelve a través de una


Bajo esos antecedentes señala que su crítica impugnatoria no la resuelve a través de una debida motivación y convalida de manera genérica la actividad procesal defectuosa absoluta emergente de la Sentencia debido a que ésta resolución viola las garantías de legalidad penal, debido proceso y derecho a la impugnación (al respecto transcribe el considerando V del Auto de Vista en la que se encontraría la resolución de los cuatro agravios planteados). Bajo los sustentos señalados refiere que se debe proceder a la nulidad del Auto de Vista por contener una indebida motivación; al respecto, invoca en calidad de precedente contradictorio el Auto Supremo 111/2012 de 11 de mayo y afirma que en su crítica impugnatoria contra el Auto de Vista impugnado es por convalidar un indebido juzgamiento con relación a la nulidad generada por indebido juzgamiento por falta de continuidad de juicio, por inobservancia y errónea aplicación de los arts. 335 y 336 del CPP y el principio de celeridad, siendo que el mismo también afecta al derecho a la defensa; aclarando que en su recurso de apelación restringida, hubiera presentado la prueba pertinente para sostener que resulta evidente la vulneración del principio de continuidad del juicio oral y la confusión en la incurrió el Tribunal de origen, sobre una suspensión y un receso de audiencia; aspecto que reitera fue reclamado en su recurso de apelación restringida y ahora en casación, siendo que constituye una actividad procesal defectuosa absoluta y genera la violación del debido proceso