Auto Supremo AS/0372/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0372/2019-RA

Fecha: 22-May-2019

IV.5. Recurso de casación de Hernán Justiniano Negrete


Asimismo, invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 111/2012 de 11 de mayo, que establecería que es un deber inexcusable de las autoridades el fundamentar las resoluciones judiciales; y el aspecto contradictorio radicaría en que el Auto de Vista se limitó a establecer de todas esas circunstancias que no constituyen agravios, sin realizar una debida y correcta fundamentación, basando su análisis a apreciaciones genéricas, que demuestran que los Vocales no realizaron un análisis prolijo del expediente y documentos de apelación siendo que no se verificó si se infringió o no el art. 370 incs. 1), 5), 6) y 11) del CPP; al no observar, la aplicación de la Ley sustantiva, el defecto de valoración defectuosa de la prueba, no revisó el recurso con detenimiento ya que se encuentra explicado de manera amplia la falta de motivación y fundamentación en la que se incurrió en la Sentencia, siendo que fue la prueba descriptiva, toda vez que incluso se identificó la prueba y se adjuntó en un recuadro la misma, con la finalidad de que el Tribunal de alzada revise con objetividad la defectuosa valoración de la prueba ya que arribó a conclusiones que no tenían el sustento probatorio correspondiente, lo cual identifica el cumplimiento de los requisitos de forma, resultando viable el análisis de fondo de lo pretendido, deviniendo en admisible este motivo.

IV.5. Recurso de casación de Hernán Justiniano Negrete