Auto Supremo AS/0372/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0372/2019-RA

Fecha: 22-May-2019

Invoca en calidad de precedente contradictorio el Auto Supremo 438 de 15 de octubre de


Invoca en calidad de precedente contradictorio el Auto Supremo 438 de 15 de octubre de 2005, relativo a la aplicación de la reglas de la sana crítica y al respecto, señala que ni la Sentencia, ni en la resolución del Tribunal de alzada se puede advertir que se hubiera aplicado los principios de la recta razón, que debían ser los rectores para poder establecer la responsabilidad penal del imputado y mucho menos se estableció en alguna parte de la Sentencia una valoración de manera concreta y explícita de todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles su valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada; también afirma, la Sentencia tampoco es objetiva debido a que su análisis no determinó el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales. En el criterio del recurrente ésta forma de proceder haría de la Sentencia un documento que no se baste por si solo y ésta deficiencia no fue controlada por el Tribunal de apelación, porque no controló las referencias de hecho y la consistencia o inconsistencia que se hace de ellas al apreciarlas y estimarlas e un peso probatorio. Posteriormente el imputado hace la invocación del art. 124 del CPP, para afirmar que dicha disposición señala que todas las resoluciones judiciales deben encontrarse debidamente fundamentadas y expresaran los motivos de hecho y de derecho en que basan sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba, de esos aspectos señala que la Sentencia no realizó una motivación descriptiva e intelectiva integral de la prueba producida en juicio, en observancia del principio de la comunidad de la prueba incurriendo en el defecto comprendido en el art 370 inc. 5) del CPP; al respecto, el recurrente refiere que el Tribunal de alzada ante las denuncias planteadas en su recurso de apelación de manera arbitraria e indebida (Al respecto realiza una transcripción del Auto de Vista en su punto III de dicha resolución que versa sobre el recurso de apelación restringida de Evin Ventura Vagth) porque sostiene que en el caso de autos se advierte la lesión a su derecho al debido proceso y la tutela judicial efectiva por la falta de fundamentación y motivación del Auto de Vista impugnado, que convalida sin justificación legal la Sentencia dispuesta en su contra